MINISTERIO DE SALUD DE ECUADOR ENTREGARÁ GRATUITAMENTE LA PÍLDORA DEL DÍA DESPUÉS
MINISTERIO DE SALUD DE ECUADOR ENTREGARÁ LA PASTILLA DEL DÍA DESPUÉS DE FORMA GRATUITA
La secretaría de Estado oficializó el reglamento para regular el acceso y disponibilidad de métodos anticonceptivos en el Sistema Nacional de Salud. (ver artículo completo en columna del P.Paulino-Nuevos Artículos)
El documento fue publicado en el Registro Oficial de ayer 25 de marzo y su artículo 3 señala que el «Ministerio de Salud proveerá información, asesoría y entregará métodos anticonceptivos a través de sus establecimientos de salud, siendo obligación de estos garantizar el acceso a los mismos de forma gratuita y oportuna, incluyendo la anticoncepción oral de emergencia (pastilla del día después) a toda la población en general, en especial a adolescentes, jóvenes y mujeres que lo requieran».
El documento fue publicado en el Registro Oficial de ayer 25 de marzo y su artículo 3 señala que el «Ministerio de Salud proveerá información, asesoría y entregará métodos anticonceptivos a través de sus establecimientos de salud, siendo obligación de estos garantizar el acceso a los mismos de forma gratuita y oportuna, incluyendo la anticoncepción oral de emergencia (pastilla del día después) a toda la población en general, en especial a adolescentes, jóvenes y mujeres que lo requieran».
El reglamento también señala que luego de la asesoría en métodos anticonceptivos, «no se requerirá de autorización de la pareja o de la familia» para su uso. Su artículo 4 señala que todos los establecimientos de salud deberán estar aprovisionados con suficiente cantidad de métodos de anticoncepción y cita a seis: Anticoncepción oral simple y combinada; anticoncepción inyectable simple combinada; anticoncepción sub dérmica, anticoncepción oral de emergencia, métodos temporales de barrera y métodos temporales intrauterinos. Las unidades móviles también están obligadas a abastecerse de los mismos productos. El documento hace énfasis en la asesoría, consejería, entrega de información y atención gratuita previa a la entrega de los métodos. El artículo 8 detalla que los «profesionales de la salud, estarán capacitados para brindar información suficiente a mujeres y hombres que requieran la anticoncepción oral de emergencia, aclarando que este es un método de excepción que se usa a cualquier edad para prevenir un embarazo no planificado». La ginecóloga Melba Torres Córdoba aplaudió este reglamento que constituye un paso adelante en la prevención de embarazos no deseados siempre y cuando vaya de la mano de una asesoría a la mujer sobre el uso de este método oral (La anticoncepción oral de emergencia debe tomarse antes de los 5 días). Actualmente, la pastilla del día después se vende bajo receta médica.
La Iglesia Católica está en contra del uso de este método anticonceptivo por considerarla abortiva. No obstante, el anterior papa Benedicto XVI autorizó el año pasado el uso de esta pastilla en los hospitales católicos alemanes solo en mujeres víctimas de violación, a raíz de un escándalo de una joven que no fue atendida en dos clínicas de Colonia tras sufrir abusos sexuales. Según el reglamento, con la entrega de los métodos anticonceptivos también se proveerá de preservativos masculinos y femeninos.
ESCRITO DE AMPARO MEDINA A LA MINISTRA
MINISTRA DE SALUD INCONSTITUCIONALMENTE LEGALIZA
DISTRIBUCIÓN DE PASTILLA DE EMERGENCIA EN CENTROS DE SALUD
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Señorita Ministra de Salud del Ecuador:
Con asombro, indignación y sorpresa hemos recibido la noticia que ud, inconstitucionalmente ha autorizado la distribución de la Pastilla de Emergencia en Centros de Salud de nuestro país, incluido a pacientes adolescentes SIN autorización de los padres de familia y lo hace justo el 25 de marzo, Día del Niño por Nacer, con ignorancia y desconocimiento por que su Ministerio por Decreto Ejecutivo del 1 de junio del 2008 está llamado a defender la vida del Niño por Nacer, con campañas y servicios especiales a este sector vulnerable de nuestra sociedad.
Dado su desconocimiento y sumisa obediencia al UNFPA, le recordamos que en el mes de octubre del 2006 la Tercera Sala del Tribunal Constitucional de Ecuador, confirma la sentencia del juez de la causa y concede la acción de amparo que solicitaba la suspensión de la inscripción del medicamento y certificado de registro sanitario del producto.
Además, entre los puntos centrales de la resolución del TCE son los siguientes:
• El Levonorgestrel, compuesto principal del producto Postinor 2 (PAE) tiene tres efectos: evita la ovulación; evita la fecundación; evita la implantación del óvulo fecundado.
• Ante la “duda razonable” defiende la vida del nonanto desde la concepción (unión del espermatozoide con el óvulo dando origen al nuevo ser)
• En razón del tercer efecto del producto (que impide la implantación del óvulo fecundado en el útero) afirma que su uso viola el derecho a la vida desde la concepción garantizado por el Art. 49 de la Constitución.
• Afirma que en el caso de la protección de la vida desde la concepción, por tratarse de un derecho difuso (grupo indeterminable de seres humanos no nacidos cuya protección por ellos mismos es imposible) es admisible la legitimación activa de cualquier persona para interponer una acción de amparo.
• Esta resolución antepone los valores y da prioridad al bien jurídico constitucional de la vida por sobre el valor de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres y de la libertad individual.
TODOS LOS ECUATORIANOS QUE AMAMOS LA VIDA EXIGIMOS SE RESPETE LAS LEYES ECUATORIANAS, SE RESPETE EL DERECHO A LA VIDA DESDE LA CONCEPCIÓN!!
Ya basta de vender la vida de nuestros hijos al Imperio de las farmacéuticas, ya basta de obedecer al Imperio de la ONU, ya basta de decirnos a las mujeres que la única solución a nuestros problemas de vida es el aborto, la anticoncepción y la esterilización!!
El maltrato mas grande que podemos recibir las mujeres es decirnos que matar a nuestros hijos soluciona nuestros problemas de maltrato, de violación, de abandono, de olvido social.
SRTA MINISTRA O RETIRA LAS PASTILLAS DE EMERGENCIA DEL MERCADO O RETÍRESE USTED DEL CARGO, QUE LAS MUJERES DEL ECUADOR NO NOS SENTIMOS REPRESENTADAS POR USTED!!
Atentamente,
Amparo Medina
Red Vida y Familia – Ecuador 0993916039
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EL PAPA NO HA PERMITDO LA PILDODA DEL DIA SIGUIENTE
El Papa Benedicto XVI no aprobó píldora del día siguiente Todo esto es un montaje para desprestigiar a la iglesia.
http://www.aciprensa.com/noticias/elpapabenedictoxvinoaprobopildoradeldiasiguiente48420/ REDACCIÓN CENTRAL, 18 Feb. 13 / 02:12 pm (ACI/EWTN Noticias). Luego de la difusión de una nota de la agencia Efe en la que se señala que el Papa Benedicto XVI había aprobado la píldora del día siguiente en Alemania, el secretario del Santo Padre, el Arzobispo Georg Ganswein, negó tajantemente esta información y precisó que ni él ni el Pontífice han dado su venia para el uso del fármaco que es potencialmente abortivo. El martes 12 de febrero Efe escribió un artículo titulado «Benedicto XVI autorizó el uso de ´píldora del día siguiente´ en Alemania» en el que se afirma que el Papa había autorizado «en los hospitales católicos alemanes el uso de la píldora anticonceptiva de urgencia, conocida como ‘píldora del día siguiente’, en mujeres víctimas de violación, a raíz del escándalo en torno a una joven que no fue atendida en dos clínicas de Colonia tras sufrir abusos sexuales». La nota indicaba que la información la dio a conocer «el Arzobispo de Colonia, el Cardenal Joachim Meissner, en declaraciones al rotativo Kölner Stadt Anzeiger, en las que comenta que su reciente decisión de autorizar el uso de ese anticonceptivo fue consensuado con la Congregación para la Defensa de la Fe y la Academia Papal».
La nota de Efe presentaba además el siguiente diálogo entre el Cardenal y Mons. Georg Gänswein. «El me dijo: ‘el papa lo sabe. Todo está en orden’, afirma Meisner, considerado un religioso conservador, quien el pasado 31 de enero anunció inesperadamente que la Iglesia Católica autorizaba el uso de la ‘píldora del día después’». Al respecto, el profesor Manfred Spieker, amigo del Papa, del Cardenal Meisner y miembro del Pontificio Consejo Justicia y Paz, informó que el 14 de febrero a las 11:06 p.m. recibió un correo electrónico de Mons. Ganswein en el que el secretario del Pontífice niega tajantemente que el diálogo al que se refiere Efe haya ocurrido. En ese correo electrónico Mons. Ganswein niega además que «haya existido una llamada telefónica entre el Cardenal Meisner y el Papa o él mismo, ni tampoco una aprobación escrita u oral» de la píldora del día siguiente. El secretario del Papa reconoce que «la declaración (del Cardenal Meisner) es problemática y que hará lo que sea necesario para clarificar la situación en Roma». Spieker explica que tampoco es cierto que la Pontificia Academia para la Vida (a la que Efe llama «Academia Papal») o la Congregación para la Doctrina de la Fe (a la que Efe denomina «Congregación para la Defensa de la Fe») hayan aprobado la declaración del Cardenal Meisner. Dos días antes, el 12 de febrero, la arquidiócesis de Colonia emitió un comunicado en el que se señala que el Papa no vio ni aprobó la declaración del Cardenal Meisner sobre la píldora del día siguiente. El 31 de enero el Arzobispo de Colonia, Cardenal Joachim Meisner, dijo en una declaración que «si una medicina que evita la concepción es usada luego de una violación con el propósito de evitar la fertilización, entonces eso en mi opinión es aceptable». Esta opinión la dio el Cardenal luego de reunirse con un grupo de expertos médicos con los que conversó sobre la píldora del día siguiente. Los doctores le dijeron que el fármaco no posee efectos antiimplantatarios, es decir, abortivos. Al respecto, el doctor español y presidente de la Federación Internacional de Asociaciones de Médicos Católicos (FIAMC), José María Simón Castellí, dijo a ACI Prensa que «parece que las palabras del Cardenal fueron manipuladas». «En todo caso, la píldora del día siguiente tiene un efecto antiimplantatorio (que impide la implantación del embrión en el útero materno) en el 70 por ciento de los casos en los que la mujer es fértil», explicó el médico que es además miembro del Pontificio Consejo para los Agentes Sanitarios.
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Fuentes de la Pontificia Academia para la Vida indicaron a ACI Prensa que en este tema, ellos solo tienen competencia en el ámbito bioético y sugirieron consultar en el Pontificio Consejo para los Agentes Sanitarios, en donde señalaron que se hará la consulta respectiva para dar una pronta respuesta. Desde Alemania, Sophia Kuby, líder provida y directora de la organización European Dignity Watch, comentó a ACI Prensa que «la discusión sobre la declaración del Cardenal Meisner sobre la administración de la píldora del día siguiente en caso de violación ha creado confusión más allá de las fronteras alemanas». «Sin embargo, no es en ningún caso una legitimación de la píldora del día siguiente por parte de la Iglesia Católica como se ha interpretado ampliamente».
Kuby recordó que el Cardenal Meisner «ha dicho que, en caso de violación, una píldora del día siguiente se puede prescribir en hospitales católicos si solo tiene efecto anticonceptivo (prevenir la ovulación) y no un efecto abortivo. Desde la perspectiva teológica moral, la declaración está en línea con la enseñanza católica. Sin embargo la declaración es equivocada en cuanto a los hechos y carece de evidencia científica».
La directora de European Dignity Watch precisó que «no existe píldora que prevenga sólo la ovulación. La píldora del día siguiente de última generación puede tener, como efectos, el anticonceptivo como prevenir la ovulación, la difusión del semen o la fertilización. Sin embargo, nunca se puede excluir el efecto abortivo». Por lo tanto, concluye Kuby, «todas las píldoras del día siguiente disponibles en el mercado son potencialmente abortivas, es decir que pueden eliminar el óvulo fecundado, que es el primer estadío del embrión humano». Kuby también explicó que los obispos alemanes están reunidos en su asamblea plenaria y que están debatiendo este tema para llegar a una posición común. Consultado por ACI Prensa, el investigador científico, Dr. Germán Alvarado, PhD en Epidemiología por la Michigan State Univesity y Maestro en Salud Pública de la Université Libre de Bruselas (Bélgica), señaló que «es necesario aclarar –a la luz de la información médica actualizada– que no es ético prescribir (la píldora del día siguiente), debido al potencial efecto abortivo que tiene, especialmente si la ovulación ya ha ocurrido». «Es importante subrayar que los pocos estudios que han sido publicados en los últimos años (sobre el mecanismo de acción de la píldora del día siguiente) y que no encuentran efecto antiimplantatorio, tienen serios problemas metodológicos (como por ejemplo un muy pequeño tamaño de la muestra), así como financiamiento de instituciones que favorecen el aborto». Alvarado dijo además que en los casos de violación los hospitales católicos deben tener «un protocolo que apoye a la victima de manera integral, con mucha compasión, y que incluya todos los procedimientos diagnósticos y terapéuticos necesarios, a condición de que respeten siempre la vida». La píldora del día siguiente (Levonorgestrel 0.75 mg), también conocida como anticoncepción oral de emergencia o AOE, es una hormona sintética en dosis 5 a 15 veces mayor a la existente en los anticonceptivos comunes, incrementando los efectos secundarios. No es medicamento ni vacuna. No cura ni previene enfermedad alguna. Al ingerir las dos pastillas recomendadas es como si se tomara 50 pastillas anticonceptivas juntas. Tiene tres mecanismos: impide la ovulación (anovulatorio), espesa la mucosidad cervical (anticonceptivo) e impide la anidación del óvulo fecundado (abortivo). Estos mecanismos son informados por la Food and Drug Administration (FDA), el organismo gubernamental que garantiza la salubridad de los alimentos y las medicinas en Estados Unidos. Etiquetas: Benedicto XVI, Píldora del día siguiente, Cardenal Meisner
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LOS “CATOLICOS” QUE APOYAN LA PILDORA – PARTICULARMENTE LOS DEL GOBIERNO NO PUEDEN RECIBIR LA COMUNION Autor: Aciprensa | Fuente: Aciprensa.com Obligación negar la comunión a quien esté en pecado mortal, ej. por estar a favor del aborto Se debe evitar que la gente sea inducida a pensar que se puede estar en estado de pecado mortal y acercarse a la Eucaristía o llevarla a pensar que lo que creían que era un pecado serio, no lo es tanto si la Iglesia le permite recibir la Comunión ROMA, 19 Ago. 08 .El Prefecto del Supremo Tribunal de la Signatura Apostólica de la Santa Sede, Arzobispo Raymond L. Burke, precisó que los católicos, especialmente los políticos que públicamente defienden el aborto no deben comulgar; y se refirió también a la responsabilidad de caridad que tienen los ministros de la comunión de negársela si es que la solicitan «hasta que haya reformado la propia vida». En una entrevista concedida a la revista Radici Cristiane (Raíces Cristianas), Mons. Burke, quien fuera hasta hace poco Arzobispo de Saint Louis (Estados Unidos), explicó que los católicos no tienen el derecho de recibir la Eucaristía. «¿Quién puede reivindicar un derecho a recibir el Cuerpo de Cristo? Todo es un acto sin medida del amor de Dios. Nuestro Señor se hace Él mismo disponible en su Cuerpo y en su Sangre pero no podemos decir jamás que tenemos el derecho de recibirlo en la Santa Comunión. Cada vez que nos acercamos a Él, debemos hacerlo con una profunda conciencia de nuestra indignidad», explicó el Prefecto.
Tras comentar además que entre los fieles se ven a veces actitudes de irreverencia al recibir la Comunión, el Arzobispo destacó que «recibir indignamente el Cuerpo y la Sangre de Cristo es un sacrilegio. Si lo hace deliberadamente en pecado mortal es un sacrilegio». «Si tenemos un pecado mortal en la conciencia, debemos primero confesarnos de ese pecado y recibir la absolución, y sólo después acercarnos al Sacramento Eucarístico», resaltó. Seguidamente puso como ejemplo de este sacrilegio el caso de cualquier «funcionario público que con conocimiento y consentimiento sostiene acciones que están contra la ley moral Divina y Eterna. Por ejemplo, si apoya públicamente el aborto procurado, que comporta la supresión de vidas humanas inocentes e indefensas.
Una persona que comete pecado de esta manera debe ser amonestada públicamente de modo que no reciba la Comunión hasta que no haya reformado la propia vida». «Si una persona que ha sido amonestada persiste en un pecado mortal público y se acerca a recibir la Comunión, el ministro de la Eucaristía tiene la obligación de negársela. ¿Por qué? Sobre todo por la salvación de la persona misma, impidiéndole realizar un sacrilegio», agregó. El Prelado vaticano indicó luego que negar la Comunión en estos casos impide que se genere el escándalo; «en primer lugar, un escándalo referente a nuestra disposición para recibir la Santa Comunión». Es decir, dijo, «se debe evitar que la gente sea inducida a pensar que se puede estar en estado de pecado mortal y acercarse a la Eucaristía. En segundo lugar, podría existir otra forma de escándalo, consistente en llevar a la gente a pensar que el acto público que esta persona está haciendo, que hasta ahora todos creían que era un pecado serio, no lo es tanto si la Iglesia le permite recibir la Comunión».
«Si tenemos una figura pública que abierta y deliberadamente sostiene los derechos abortistas y que recibe la Eucaristía, ¿qué terminará pensando la gente común? Puede llegar a creer que es correcto hasta cierto punto suprimir una vida inocente en el seno materno», advirtió. El Prefecto de la Signatura Apostólica dijo también que cuando un obispo o autoridad eclesiástica impide que un abortista reciba la comunión «no tiene ninguna intención de interferir en la vida pública sino en el estado espiritual del político o del funcionario público que, si es católico, debe seguir la ley divina también en la esfera pública» «Por tanto, es simplemente ridículo y equivocado tratar de silenciar a un pastor acusándolo de interferir en política para que no pueda hacer el bien al alma de un miembro de su grey», dijo el Prelado vaticano. Tras afirmar que es «sencillamente erróneo» pensar que la fe debe reducirse a lo privado abandonando el ámbito público, el Arzobispo alentó a «dar testimonio de nuestra fe no sólo en lo privado de nuestros hogares sino también en nuestra vida pública con los demás para dar un fuerte testimonio de Cristo».